En
cumplimiento de lo establecido en el Decreto de la Alcaldía de convocatoria
de Pleno, adoptado con fecha procedo a su comunicación, siendo del
siguiente tenor literal:
“De conformidad con lo dispuesto por
el artículo 46 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y 46 y siguientes del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril, que aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en
materia de Régimen Local, al amparo de la competencia conferida por el artículo
21.1.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en concordancia con el artículo 80 del
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por
el presente,
HE
RESUELTO:
Primero: Convocar Sesión
Ordinaria del Pleno para el 22 de diciembre de 2020 a las 17:00 , en primera
convocatoria, y en segunda convocatoria dos días hábiles después a la misma
hora, a celebrar en la Sala Capitular sito
en Avda. Gran Vía núm. 43, con el
siguiente:
ORDEN DEL DIA
1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE,
MINUTA ACTA ANTERIOR.
2º.- DAR CUENTA RESOLUCIONES
DE LA ALCALDÍA.
3º.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DEL AYUNTAMIENTO DE ISLA
CRISTINA AGRADECIENDO A DIVERSOS COLECTIVOS DE PERSONAS SU ACTUACIÓN DURANTE LA
CRISIS SANITARIA, SOCIAL Y ECONÓMICA GENERADA POR LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19.-
4º.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR PARA SOLICITAR A
LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SALUD Y FAMILIAS LA REALIZACIÓN DE UN CRIBADO
POBLACIONAL PARA LA DETENCIÓN DEL COVID-19 EN ISLA CRISTINA.
5º.- MOCIONES DE URGENCIA.
6º.- COMUNICACIONES DE LA
ALCALDÍA.
7º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
Segundo.- Si cualquier
miembro de la Corporación, no pudiere asistir a la celebración de la presente
sesión deberá comunicarlo a esta Alcaldía con la antelación necesaria.
Tercero.- Que por la
Secretaría se notifique a los concejales y concejalas de esta convocatoria,
informándoles que a partir de esta fecha tendrán a su disposición los
expedientes de los asuntos incluidos en el Orden del Día.”
Lo
que notifico a usted, significándole que el acto anteriormente expresado tiene
carácter definitivo, poniendo fin a la vía administrativa de conformidad con lo
establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local. Podrá impugnar el acto directamente mediante la
interposición de recurso ante la jurisdicción contencioso administrativa, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta
notificación. No obstante, puede interponer con carácter previo y potestativo
recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado en la
misma forma. Igualmente podrá utilizar otros recursos, si lo estimase oportuno.
Lo
mando y firmo en Isla Cristina, a fecha y firma electrónica.
LA OFICIAL MAYOR-SECRETARIA
(Decreto 31-12-13)