De prensa ajena.
Fuente: Huelva Información J. A. CÁRDENO
Isla pagó el IBI más caro y Encinasola, Cortelazor, Rosal, Zufre y Linares, el más bajo.
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Imagen de archivo de un pleno municipal. |
El Impuesto de Bienes Inmuebles
(IBI) urbanos es el que genera más ingresos ya que supone un 62% de la
recaudación municipal a través de tributos. A la espera de que los impuestos y
tasas para 2015 se publiquen oficialmente, los valores de referencia son los de
2014, ejercicio en el que el Ayuntamiento de Isla Cristina lideró el ránking de
los 79 municipios de la provincia en cuanto al IBI más caro.
Según los datos del Ministerio de
Hacienda, Isla Cristina, cuya última revisión catastral data de 1997, fijó un
tipo del 1,1000, ligeramente por encima del de Huelva capital (1,0620) y Moguer
(1,0500), que completan el podio de los municipios en los que más se paga por
los inmuebles.
Tras los mismos, se encuentran
Bonares, cuyos vecinos abonan un tipo del 1,0000, Lepe (0,9600), Zalamea la
Real (0,9200), Hinojos (0,9000), Nerva (0,8500), Bollullos (0,8500), Cartaya
(0,8500) y Chucena (0,8500). Dicha relación incluye tanto algunos de los
pueblos más poblados de Huelva pero también otros con menor número de
habitantes, lo que refleja que no hay una relación directa entre el tipo a
pagar y la variable demográfica.
En el lado opuesto, con el tipo
más bajo, se encontraban en 2014 Cortelazor, Encinasola, Rosal, Zufre y
Linares, todos ellos con un IBI del 0,4000.
Pero el hecho de que este
gravamen, que se aprueba en el Pleno, sea bajo no implica que el recibo final
lo sea también ya que influyen otros factores, como la superficie o la calle en
la que se ubique el inmueble, así como el año de la última revisión catastral,
cuando se fijaron los valores de la vivienda por los que hay que multiplicar el
coeficiente.
A todo ello se une el que el
Gobierno central ha prorrogado también para este año las medidas excepcionales
para reducir el déficit público que afectan al IBI. Así, por ejemplo, los
municipios cuya revisión catastral es anterior al año 2002 deben aplicar un
tipo mínimo del 0,6 y un recargo del 10% en los recibos; los que tienen valores
revisados entre 2002 y 2004 deben aplicar un tipo mínimo del 0,5 y un recargo
del 6% para la mitad de sus inmuebles más caros. Si la revisión se hizo entre
2008 y 2011, el recargo es del 4%. De estas medidas sólo se libran los
municipios con revisión catastral hecha entre 2005 y 2007, con los precios
sobrevalorados entonces.
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