EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
La competencia para
ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo
establecido en las normas de circulación y de policía administrativa que
legitiman la directa competencia para realizar denuncias por infracciones de
tráfico, corresponde a la policía local sobre la base de lo dispuesto en el
artículo 53.1.b) y d) de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo (BOE del 14),
de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En el mismo sentido, el art. 7.a) del Real Decreto
Legislativo 339/1990, de 2 de marzo (BOE del 14), por el que se aprueba el
Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y
Seguridad Vial, atribuye a los municipios la competencia sobre la ordenación y
el control del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como su
vigilancia por medio de agentes propios, la denuncia de las infracciones que se
cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente
atribuida a otra Administración. Competencias que han sido atribuidas a los
municipios por la legislación de régimen local, según resulta del art. 25.2.g)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
(LRBRL).
Debido a las numerosas
quejas de los vecinos, que nos advierten la alta velocidad que alcanzan algunos
vehículos en las diferentes vías urbanas de la localidad, y que ponen en
peligro tanto a peatones como a otros vehículos y donde no se respeta la Ley de
tráfico que regula la velocidad máxima en zonas urbanas a 30 Km/h.
Estas quejas se acentúan
especialmente en las amplias calles Don Justo Rodríguez Pulido, Avda. del Carnaval y Federico Silva Muñoz,
donde en ocasiones, tanto el ruido de
los escapes por las aceleraciones o
esprines, así como el exceso de
velocidad, producen una situación de
sobresalto y miedo ante la posibilidad de que se produzcan accidentes.
El objetivo de esta
propuesta es avanzar hacia un nuevo modelo de ciudad, mejorar la convivencia
entre los diferentes usuarios de las vías y reducir el número de posibles
accidentes en el ámbito urbano. Según los
expertos, reducir la velocidad en las poblaciones a 30 km/h disminuye
cinco veces el riesgo de fallecer debido a un atropello
Para intentar atajar este
problema, ante la falta del cumplimiento de la Ley de tráfico por parte de
algunos conductores, y las limitaciones que se encuentran los agentes de la
Policía Local para poder atajar este problema, y nunca con un afán de
recaudación ni de sancionar, sino de educar y evitar accidentes.
Desde el Grupo Municipal
Popular proponemos al pleno el siguiente ACUERDO:
1. Gestionar con iniciativa municipal la
colocación de radares de control de velocidad en las vías Don Justo Rodríguez
Pulido, Avda. del Carnaval y Federico
Silva Muñoz con el fin de persuadir o sancionar a los vehículos que excedan la
velocidad.
2. Si por alguna razón, no fuera posible la
implantación por la iniciativa municipal, se externalice dicho servicio con
cualquiera de las diferentes empresas especializadas que existen en la materia.
Fdo. Francisco
González Salgado
Portavoz Grupo
Popular
Isla Cristina, 23 de junio
de 2022
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